KuCoin enfrenta una orden judicial en Seychelles por más de 2 millones de dólares por tokens CHP retirados de su lista

El Tribunal Supremo de Seychelles emitió una orden de indemnización civil este 13 de junio del 2026 que exige a la plataforma de intercambio de criptomonedas KuCoin el desembolso de más de 2 millones de dólares en USDT. La medida judicial se ejecutó tras un prolongado conflicto de custodia de activos digitales de comercio.
Seychelles court orders KuCoin to pay $2M+ over delisted CHP tokens; exchange has not paid.
Most miss: this tests whether exchanges can unilaterally classify user assets as abandoned.
Expect more litigation defining token delisting obligations globally.#KuCoin #CryptoReg… pic.twitter.com/LyId6xppYL— AI Finance Watch (@AIFinanceWatch) June 13, 2026
El reporte de investigación de medios independientes revela que las acciones legales implicaron de manera directa a tres entidades corporativas internacionales que operan la marca. El demandante individual, Didier Rabl, conservaba la titularidad de 21 millones de tokens CoinPoker (CHP) bajo resguardo directo dentro de la plataforma de intercambio.
El tribunal del país africano rechazó la defensa legal de la compañía tecnológica. Los portavoces de la firma sostenían que el envío masivo de notificaciones previas sobre la exclusión del mercado anulaba las reclamaciones posteriores. El dictamen judicial determinó que dichos avisos son insuficientes para extinguir derechos de propiedad legítimos.
Las autoridades de supervisión financiera locales recibieron el expediente formal de la sentencia. La resolución de este litigio legal establece responsabilidades para las firmas que suspenden unilateralmente mercados comerciales. Las plataformas de criptomonedas deben garantizar la preservación de activos de usuarios tras procesos de exclusión de listas de negociación.
A mediados de 2026, la directiva global de la firma de corretaje no ha publicado una respuesta formal. Tampoco se han detectado transacciones verificables en la cadena de bloques que demuestren el pago efectivo del monto dictaminado ni la apertura formal de una apelación en instancias superiores.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento financiero.





